El Pleno del Ayuntamiento de Carrascosa, por unanimidad adoptó el acuerdo siguiente:
Aprobar con carácter provisional la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
La modificación consiste en añadir al artículo 4 el apartado siguiente: Se establece una bonificación del 55,56% de la cuota
íntegra del impuesto que grava las construcciones sobre terreno rústico.
Se expone al público el expediente completo, mediante publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y
plantear las reclamaciones que estimen oportunas, pasado el cual y en caso de no que no se presentase ninguna, en base
al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, el acuerdo será considerado definitivo