viernes, 4 de enero de 2013

Nueva subasta del bar municipal

Tal y como ya se anunció, sale de nuevo a subasta el bar municipal. He aquí las condiciones:

Se atenderá a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación de la concesión administrativa de uso privativo del local sito en Plaza Mayor, 1, y calificado como bien de dominio público, conforme a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: Ayuntamiento de Carrascosa
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia. Ayuntamiento de Carrascosa
2) Domicilio. Plaza Mayor, 1
3) Localidad y código postal. Carrascosa. 16879
4) Teléfono y Fax. 969 318 161
6) Correo electrónico. aytocarrascosa@hotmail.com
2. Objeto del Contrato:
a) Tipo. Administrativo especial
b) Descripción del objeto. Concesión de local para instalación de bar
c) Plazo de ejecución. 5 años
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación. Ayuntamiento de Carrascosa
b) Procedimiento. Abierto con varios criterios de adjudicación
d) Criterios de adjudicación.
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
— Mayor canon ofrecido: hasta 5 puntos. (Por tramos de 100,00 euros).
— Estar empadronado en el municipio con anterioridad a la publicación de esta convocatoria 4 puntos.
Experiencia en gestión de establecimientos similares: hasta 3 puntos.
Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
Mejoras en obras a realizar en el edificio: De 0 a 10 puntos.
Mejoras en recursos y equipamiento auxiliar: de 0 a 5 puntos.
4. Precio base de licitación: 2.500 euros anuales
5. Garantías exigidas.
Provisional (importe): 250 euros.
Definitiva (%): 5% del precio de adjudicación del contrato.
6. Presentación de ofertas: Podrán presentarse durante el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Pág. 39 Viernes 4 de enero de 2013 Núm. 2
7. Apertura de ofertas: La apertura de las ofertas se llevara a cabo en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas
8. El Pliego de cláusulas particulares pueden consultarse en el anuncio publicado por este Ayuntamiento en la primera convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia nº 133, de día 16/11/2012.

Colaborar con El Lugareño


El Lugareño ofrece sus páginas a quienes estén interesados en colaborar con este medio. Los textos deberán enviarse a la siguiente dirección: redaccioncarrascosa@gmail.com
La temática de los escritos, que deberán estar firmados por su autor, tendrá que ver con Carrascosa o la Serranía de Cuenca.

jueves, 3 de enero de 2013

Carta al director de Máximo Calle Valiente

En diciembre de 1976, con la E.G.B. en vigor gracias a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, Máximo Calle Valiente escribía esta carta al director del semanario alcarreño Flores y Abejas con el objeto de aclarar lo ocurrido en Villanueva de Alcorón, donde se desempeñaba como secretario del ayuntamiento.
El sistema educativo aludido se derogó en 1990, dando paso a la LOGSE y a una serie de leyes sucesivas que los distintos gobiernos de la España democrática impulsaron dejando entrever sus posicionamientos ideológicos.
Flores y Abejas, 14 de diciembre de 1976, pág. 13

Cartas al director

7 de diciembre de 1976
 Señor director del Semanario “Flores y Abejas”. Guadalajara.

Muy señor mío: En vista de la nota informativa aparecida en la página 2 del Semanario “Flores y Abejas” de su digna dirección, de 30 de noviembre de 1976, con el título “En Villanueva de Alcorón el Ayuntamiento suprimió el contrato de permanencia; quiero salir al paso de todo ello, como secretario de este Ayuntamiento, toda vez que los hechos expuestos no se ajustan del todo a la realidad.
 1º El Ayuntamiento de esta villa tenía un compromiso establecido con los señores maestros de abonarles 150.000 pesetas anuales por darles una hora diaria de permanencias a los niños de esta localidad.
 2º Al promoverse la huelga de profesores de E.G.B. e incorporarse los de esta localidad a ella, dejaron de dar las clases pactadas, circunstancia por la que el pleno de la Corporación adoptó el acuerdo de suprimirles la cantidad de 150.000 pesetas a que se ha hecho mención, pero nunca debe entenderse como «castigo» como se hace constar en la nota aparecida en este Semanario, debe entenderse por falta de cumplimiento en lo pactado.
 Lo que sí pongo de manifiesto es que considero impopular la huelga referida por que la tremenda crisis económica que padece España se puede arreglar apretándose el cinturón quien quiera de verdad y no declarando huelgas por cuestiones salariales, más aún, unos señores que su jornada es de cinco horas diarias y de unos 200 días lectivos al año, pero lo más lamentable de todo ello es que perjudica a los que más vale y queremos, los niños, que sus intereses son casi sagrados.
 No se volverá a contestar aunque aparezcan otros sueltos publicados en dicho Semanario y que se refieran a esta cuestión.
 Con el ruego de que tenga a bien publicar esta carta en el Semanario de su digna dirección queda de Vd. Amigo affmo.
 Firmado: Máximo Calle.



martes, 1 de enero de 2013

sábado, 29 de diciembre de 2012

Desierto el concurso del bar público


Terminado el plazo habilitado para recibir ofertas, y sin que se haya recibido propuesta alguna, el concurso para la gesión del bar municipal ha quedado desierto.
En breve se harán públicas las nuevas condiciones para una segunda puja.
El Lugareño hará públicos tales datos en cuanto éstos lleguen a nuestra redacción.

viernes, 28 de diciembre de 2012

El Niño Perdido


En una Navidad carrascoseña no puede faltar este clásico villancico:

El Niño Perdido


Estarás atenta
y pondrás oído
y oirás la copla
del Niño perdido.

El Niño Dios se ha perdido
por el mundo va pidiendo
llega a la puerta de un rico
y le azuzaron los perros.
Los perros le azuzan
y nada le hicieron
Cómo no castiga
Dios a esos soberbios.

Llega a la puerta de un pobre
y todos le respondieron:
Madre, a la puerta hay un niño
más hermoso que el Sol bello,
yo digo que tiene frío,
porque el pobre viene en cueros

Anda y dile que entre
y se calentará,
porque en este pueblo
ya no hay caridad,
ni nunca la ha habido,
ni nunca la habrá

Entra el Niño muy cortés
dándoles los buenos días
a la patrona que estaba
sentadita en la cocina.
Siéntate mi Niño,
siéntate muchacho,
que si tienes frío
te irás calentando.

Ya que se calienta el Niño
y ya que se calentaba,
le pregunta la patrona
de qué tierra y de qué patria.
Mi madre es del Cielo,
yo bajé a la Tierra,
mi padre desciende
de muy luengas tierras.

Hazle la cena a este Niño
con mucho primor y agrado
se quedará en nuestra casa
como hijo regalado.
Y el Niño responde:
Eso no señora,
que tengo una madre
que el Cielo la adora.

¿Quieres mucho a tu madre?
Sí señora, sí la quiero,
tres días que no la he visto,
tres mil años se me han hecho.

Estando cenando el Niño,
las lágrimas se le caen,
¿Por qué lloras Niño hermoso
en ver la cena que hay?
Mi madre de pena
no podrá comer
y aunque tenga gana
no tendrá de qué.

Hacedle la cama al Niño
en la alcoba y con primor.
Señora no me haga cama
que mi cama es un rincón.
Mi cama es el suelo
desde que nací,
y hasta que en cruz muera
ha de ser así.

Al amanecer la aurora,
el Niño se levantó,
diciéndole a la patrona:
Señora quede con Dios,
que me voy al templo,
que el templo es mi casa
un día vendremos
a darle las gracias.

Anda con Dios Niño hermoso
de ti quedo enamorada,
Dios quiera que encuentres pronto
a tu madre idolatrada.
Y si no la encuentras,
vuélvete a mi casa
Sí señora, volveré
al otro día de Pascua.
Sí señora, volveré
a darle a usted las gracias.

Ese espejo tan divino
que del paraíso sale,
es el hijo de María
que se le perdió ayer tarde.
   
La Madre buscando al Niño
por las calles y las plazas
a todos los que veía,
a todos les preguntaba:
¿Habéis visto al Sol
al  Sol de los Soles
al que nos alumbra
con sus resplandores?

¿Qué señas lleva ese niño
qué vestimenta y qué traje?
Va vestido de morado,
de Nazareno su traje,
va pidiendo una limosna,
diciendo señales tales:
Al que me dé le daré
otras riquezas más grandes,
que las tengo yo guardadas
en el reino de mis padres.

Ayer tarde vimos uno,
de catorce o quince años,
y lo vimos disputar
con otros dos hombres sabios.
Responde la Aurora:
Ese es mi querido,
que no tiene ahora
los quince cumplidos.

Bajan con pan en la mano,
para ver al Niño y darle,
al verlo tan chiquitito
bamboleando por el aire,
le preguntan de quién es,
y Él responde como un ángel:
Soy Hijo del Padre Eterno
y la Virgen es mi madre
y Yo me llamo Jesús,
que nací para salvarte.

Ya que ha encontrado a su hijo,
y le decía hijo mío
¿Dónde has pasado la noche,
que no te has helado de frío?
El Niño responde alegre y contento:
Si viera usted madre
qué cama me han puesto,
una sabanilla y un colchón de lienzo.

Echan un barranco abajo,
donde nadie los oía,
la Virgen le dijo al Niño:
Hijo mío de mi vida
qué cosa sería si el rey te pillara,
qué cosa sería si te degollara.

Siguen el barranco abajo,
con un labrador se encuentran,
y le preguntó la Virgen:
labradorcillo ¿qué siembras?
El labrador dice:
Señora son piedras.
Pues si siembras piedras,
piedras se te vuelvan.
Y es tanta la multitud
que el Señor le dio de piedras,
que aquel bancal que se abrió
se convirtió en una sierra.

Siguen el barranco abajo
y otro labrador se encuentran
y le preguntó la Virgen:
¿labradorcillo qué siembras?
El labrador le dice:
Señora esto es trigo
para otro año venir y segarlo.

Ya puedes buscar peones,
que el trigo ya se te pasa.
Y el veintidós de diciembre, 
tuvo cosecha en su casa,
dos mil caces de trigo
y otros tantos de cebada.
Si acaso vinieran
y preguntan por Mí,
les dices que es cierto,
pasé por aquí.

Estando segando el trigo,
pasan cuatro de a caballo,
por una mujer y un niño
y un viejo van preguntando.
El labrador dice:
Cierto es que los vi,
estando sembrando
pasar por aquí.

Unos a otros se miraban
dos mil reniegos se echaban,
al ver que no habían logrado
el intento que llevaban.
El intento era
de ir y prenderlos
para presentarles al rey
gran soberbio.

Aquí se acaba la historia
del buen Jesús y su Madre,
para ser Niño Perdido
ya es hora de que se acabe.

jueves, 27 de diciembre de 2012

Pleno municipal


Mañana viernes 28 de diciembre, el Ayuntamiento de Carrascosa celebrará su último pleno de 2012.

lunes, 24 de diciembre de 2012

Artículo de Iván Vélez Cipriano

Artículo de Iván Vélez Cipriano publicado en el periódico en línea Cuenca News sobre un libro de Carlos Madrid Casado, conferenciante en los VIII Encuentros en el lugar, celebrados en 2012 y organizados por la AA. CC. Isabel de Cervantes en colaboración con Nódulo Materialista.

De un mecánico universo

Ha aparecido recientemente un nuevo libro del filósofo Carlos M. Madrid Casado (Madrid, 1980): Laplace. La mecánica celeste -RBA, 167 págs.- que lleva por elocuente subtítulo la siguiente exclamación: ¡Este Universo funciona como un reloj!

La obra resulta ser, pero no solo, una semblanza del matemático francés Pierre-Simon Laplace (1749-1827). Y decimos no solo porque, como le ocurre a un Carlos Madrid que no es únicamente filósofo sino también matemático, el volumen que se distribuye por los quioscos es mucho más que una biografía. En efecto, en las páginas de este libro podemos asistir a la recreación del agitado ambiente científico que sirvió para tomar el camino abierto por Newton y dejar atrás definitivamente las turbulentas teorías de Descartes.

Laplace es, obviamente, el hilo conductor de una obra que pone el punto de mira en una época crucial en lo científico, pero también en lo político. No en vano, muchos fueron los hombres de ciencia, los sabios ya convertidos en científicos, que compatibilizaron laboratorios y tribunas con mayor o menor fortuna. Entre ellos destaca el brillante y astuto Laplace, crucial en el campo matemático pero no menos imprescindible en la construcción de un nuevo mundo en el que muchos hombres dejaron de ser vasallos para convertirse en ciudadanos.

Guillotinas, derivadas y enseres de laboratorio estuvieron tan involucrados en una revolución como las más sublimes ideas que la ilustran, por más que el  más ingenuo idealismo ignore tales instituciones. Es en un tiempo tan convulso en el que Laplace fue capaz, en ocasiones recurriendo a ardides no precisamente limpios, de desarrollar una carrera que hoy sigue vigente en las aulas pero también en una vida medida en los nuevos patrones y magnitudes por él impulsados desde los aledaños de un poder al que siempre supo estar próximo.

Al margen de estas cuestiones, el centro de tan ameno libro lo constituye la gran aportación de Laplace en relación con la demostración de que el mundo, y ello al margen de que posteriormente sus aportaciones hayan sido cuestionadas, era mucho más estable de lo que se creía. El determinista Laplace, apartó del mundo la correctora y protectora mano del Dios con atributos de relojero que el teólogo Newton había incorporado a su Ley de Gravitación Universal.

El universo de Laplace espantaba los temores de un cataclismo cósmico. Dos siglos más tarde, los últimos días de 2012 han servido para ver hasta qué punto grandes áreas de “la generación más preparada de la Historia de España” y muchos de sus medios de información, entre bromas y veras, daban pábulo a la extravagante teoría maya del fin del mundo, si no en la estricta creencia de un colapso físico, en la fe en un giro espiritualista que acaso sea aún más infantil que los pavores del tiempo aludido. Contra semejantes delirios siguen siendo muy útiles tanto la nada supersticiosa obra de Laplace como el magnífico libro de Carlos Madrid.

 Iván Vélez

Modificadas las ordenanzas de tasa de cementerio y suministro de aguas


Con fecha de 18 de diciembre de 2012, el Ayuntamiento de Carrascosa ha tomado las siguientes resoluciones:

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda  elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Carrascosa de fecha veintiocho de septiembre de 2012 sobre la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa de cementerio municipal y de la tasa de suministro de agua, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo de aplicación al día siguiente de su publicación en el boletín oficial de la provincia de Cuenca y continuará su vigencia hasta que no se acuerde su modificación.

MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO:
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal y Naturaleza
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27, y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta Ordenanza regula la tasa por la utilización del servicio de cementerio del Municipio.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios de cementerio municipal, y la asignación de los derechos funerarios sobre las sepulturas prefabricadas del Cementerio, mediante la expedición de los correspondientes títulos funerarios, la inhumación de cadáveres, la exhumación de cadáveres, el traslado de cadáveres, la colocación de lápidas, el movimiento de las lápidas, la transmisión de licencias, autorización, y cualesquiera otros que se establezcan en la legislación funeraria aplicable.
ARTÍCULO 3. Sujeto Pasivo
Son sujetos pasivos los solicitantes de la autorización o los titulares del derecho funerario.
ARTÍCULO 4. Responsables
Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.
En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido, respectivamente, en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Exacciones
Estarán exentos del pago de la tasa:
— Los enterramientos de los cadáveres que son pobres de solemnidad.
— Las inhumaciones que son ordenadas por la Autoridad judicial o administrativa.
ARTÍCULO 6. Cuota
La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa:
SEPULTURAS:
— Concesión por 75 años: 800 euros.
(Cada sepultura consta de 2 cuerpos y se asignarán por estricto orden de enterramiento)
ARTÍCULO 7. Devengo
La tasa se devengará desde el mismo momento en que se solicite la autorización o se inicie la actuación, naciendo por tanto la obligación de contribuir.
ARTÍCULO 8. Autoliquidación e Ingreso
Los sujetos pasivos de la tasa estarán obligados a practicar operaciones de autoliquidación tributaria y a realizar el ingreso de su importe en el Tesoro.
El pago de la tasa podrá hacerse efectivo en las oficinas municipales o a través de transferencia bancaria.
ARTÍCULO 9. Impago de Recibos
Para aquellas cuotas y recibos que no puedan ser cobrados, se aplicará lo establecido en el Reglamento General de Recaudación.
ARTÍCULO 10. Infracciones y Sanciones
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

MODIFICACIÓN ORDENANZA TASA SUMINISTRO DE AGUA
Tarifas aplicables:
1.- Cuota de enganche: Se pagara por una sola vez al comenzar a prestar el servicio y cuando se reanude después de haber sido suspendido por falta de pago u otra causa imputable al usuario ascendiendo los derechos de enganche a 100,00 euros.
2.- Cuota periódica: Los usuarios del servicio estarán obligados a satisfacer anualmente como cuota fija de mantenimiento 40,00 euros.
3.- Consumo: De 0 en adelante 0,30 euros por metro cúbico.
4.- Colocación de contador y averías: Los usuarios vendrán obligados a abonar el importe de colocación de contador o el arreglo de avería del mismo.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha.